27 septiembre 2008

"Porque el secreto de las actuaciones no garantiza el "éxito" de la investigación"

miércoles, septiembre 3, 2008 at 01:35

ATC

Gracias a que el abogado de Antonio Barrientos ha presentado hoy un recurso contra la decisión de la jueza, Isabel Conejo, de negar de nuevo la libertad de Barrientos, hemos podido disipar las dudas que teníamos sobre la fecha de dicho auto, sobre el que dudábamos de su temporalidad, al no ser publicado el dato fehaciente de la fecha de su publicacion. Teniendo en cuenta la manipulación mediática que se viene produciendo en Estepona desde hace varios años, nuestras dudas estaban fundadas.

Sin embargo, tras conocer parte del auto de la jueza, lo que se ha publicado, nos asaltan nuevas dudas. Se dice en el mismo que se deniega la libertad a Barrientos porque, entre otros motivos queda: “pendiente de practicarse en breve una serie de diligencias de gran importancia”. Lo que contradice, en cierta manera, la decisión de ese mismo juzgado de día 18 de agosto, de levantar las medidas cautelares económicas de todos los imputados, suponemos que a Barrientos también. Lo que nos llama poderosamente la atención al tratarse de presuntos delitos económicos. Decía dicho auto que “en breve” no se iban a poder establecer las responsabilidades que la Audiencia exigía en respuestas a los recursos de tres de los imputados.

Por otro lado dice en este nuevo auto también que para: “evitar el riesgo de manipulación de pruebas relevantes para la instrucción”, al considerar que “no resulta suficiente el secreto de las actuaciones para garantizar el éxito de la investigación”. Cuando, en realidad, que se sepa, al único, por el momento, que podía imputársele tal actitud o tal presunta actitud es a Valadez; como ha podido ocurrir con el caso de Asunción López y lo que de de sí la denuncia de Zapallito, que inculpa a la prensa local, incluso de divulgar sus decretos antes de redactarse y séis dias antes de recibirlo la empresa. Así mismo, ¿están sujetas las investigaciones al “éxito” a toda costa, cuando se alude a que el secreto no es suficiente?

La situación en Estepona es muy singular y no existen precedentes en España. Un Ayuntamiento judicializado pero que “ejerce” como si fuera un Ayuntamiento democrático. Sumado a las dudas que existen, sobre el interés personal de Valadez y el caso de Asunción López; nos hace pensar que han puesto al lobo al cuidaddo de las gallinas. Esta situación no se puede mantener por mucho más tiempo. Ya sé que de nada vale decir que se están vulnerando derechos, pues la investigación tiene los suyos; pero aún los autos de prisión están infundamentados y da la impresión que están en la cárcel los imputados antes de que existieran pruebas concluyentes, contra ellos, no sólo indicios.

Urge que, mientras permanezca el Ayuntamiento en esta rocambnolesca situación, se determine lo que tenga que determinarse rápido, pues el Ayuntamiento así no es democrático ni se recoge en ningún fundamento legal español la circunstancia que se vive en Estepona. No existe ningún texto legal que de legitimidad, si no es a través de una gestora, a los hechos que han ocurrido con la elección de Valadez, tras la operación Astapa. Pues siendo legal la elección, aunque a nuestro entender no legítima, la legalidad la tiene en cuanto al procedimiento, pero en ningún lado se recoge, que la institución municipal tenga que estar intervenida judicialmente, como de hecho así ocurre, tras la elección de un alcalde. Y que el alcalde elegido sea parte interesada, como se ha demostrado, en la investigación y en la propia denuncia. Un verdadero esperpento inédito.

De prolongarse por mucho tiempo esta situación, se hace conveniente la disolución del Ayuntamiento y la creación de una gestora como en Marbella. Pues lo que, de hecho, no es legal o moralmente democrático es, que mientras se alude al carácter democrático de la elección, en realidad esté intervenido judicialmente; hecho por el cual se tendría que haber creado dicha gestora desde el principio del caso, si tan complejas y prolongadas en el tiempo, iban a ser las investigaciones.

Algo que parece quedar claro también es que la “urgencia” del principio, que normalmente se aplica en casos “in fraganti” ha resultado ser una falsa alarma, pues exceptuando los 85.000 euros de Cultura que no dió tiempo a registrar, atestiguado por sus propios compañeros excepto Valadez, a ninguno de los imputados se les ha sorprendido en la comisión en un delito flagrante. Prueba de ello, el levantamiento de las medidas cautelares.

En cualquier caso, si las medidas se toman porque tres de los encarcelados ostentan aún su acta de concejal y en el Ayuntamiento, que fue registrado durante tres días y tres noches, puedieran tener acceso a las pruebas ¿qué se pretende, que no puedan hacer valer su calidad de concejal, teniendo actualmente la misma legitimidad que pueda tener Valadez?

¿Piensa la jueza, pues, tenerlos en la cárcel durante el tiempo que sea, incluídos los tres años de legislatura hasta que no quede “garantizado el éxito de la operación”?. Impiéndoles ejercer su derecho constitucionalmente reconocido y obligado a hacer uso de sus caros electorales. ¿Teniendo en cuenta que se ha creado una situación anómala y alegal desde el punto de vista democrático y jurídico en Estepona?. Creemos, y así confiamos, que no.

Decimos alegal porque para tales casos lo que prevee la Ley es la creación de una gestora. En ningún lado, como decimos, vemos un fundamento legal o precedente que legitime, si no es a través de dicha gestora, la situación creada en Estepona.

ATC Journal. ¡Llevamos la información!

0 comentarios: